• 00:00-00:00

  • Navarra Plaza, 20700 Zumarraga

  • 945 16 06 00

¿Quiénes somos?

Lanbide es el Servicio Vasco de Empleo, adscrito al Departamento de Empleo y Política Social del Gobierno Vasco.

¿A quién va dirigido este servicio?

Es un servicio dirigido a la ciudadanía de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

¿Qué servicios ofrecemos en Urola Garaia?

Las funciones de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo son las siguientes:

  • Proponer la planificación general, sectorial y territorial de las políticas públicas en materia de empleo, formación para el empleo e inserción laboral de competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco. En particular, propondrá al departamento competente en materia de empleo las líneas estratégicas, así como el diseño y directrices generales de las políticas de empleo.
  • Gestión de programas de empleo, formación para el empleo y promoción del autoempleo y de las empresas, incluida la aprobación y tramitación de las convocatorias de subvenciones. Gestionar programas de fomento de la actividad generadora de empleo y del espíritu emprendedor.
  • Establecer programas de economía social para la creación de empleo estable.
  • Diseñar programas de apoyo a iniciativas locales generadoras de empleo y, en colaboración con las Entidades Locales, promover acuerdos locales en favor del empleo.
  • Ejercer las funciones de la Red Eures (Servicios Europeos de Empleo) de la Unión Europea.
  • Desempeñar todas las funciones ejecutivas sobre prospección e información sobre las necesidades del mercado de trabajo, evolución de los perfiles de ocupación, exigencias profesionales y orientación laboral.
  • Gestionar la intermediación laboral y llevar el registro de demandantes de empleo, incluyendo la notificación, prórrogas, ceses y tareas relacionadas con los contratos de trabajo.
  • Autorización y ejercicio de las demás competencias que correspondan a las agencias de colocación que operen en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
  • Suscribir convenios de colaboración en materia de empleo y formación, incluida la colaboración con el Servicio Público de Empleo Estatal y los Servicios Autonómicos de Empleo, en el ejercicio de sus competencias, en actuaciones dentro de las políticas activas y pasivas de empleo.
  • Creación de Oficios de Formación, Empleo y Ayudas al Desarrollo para PYMEs (pequeñas y medianas empresas) como ventanilla única coordinada con la Administración Local.
  • Desarrollar programas específicos de empleo dirigidos a colectivos con especiales dificultades de inserción sociolaboral.
  • Ejercer las funciones derivadas de la obligación de las empresas de registrar o, en su caso, comunicar, en su caso, los contratos de trabajo establecidos en la legislación laboral en materia de registro de contratos y comunicar a la Oficina de Empleo la extinción del contrato de trabajo.
  • Ejercer las funciones de inscripción y registro de empleadores.
  • Acreditar que las personas solicitantes o perceptoras de prestaciones por desempleo cumplen sus obligaciones como demandantes de empleo y, en su caso, comunicar los incumplimientos a la entidad gestora de las prestaciones.